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A partir del 27 de agosto los bares y establecimientos de comercio que expenden bebidas alcohólicas podrán funcionar hasta las 3 a.m.

Por: Jeshika Alexand...
Publicado el: Agosto 2021

Con el Decreto 318 de 2021 se autorizó a los bares y establecimientos de comercio que expenden bebidas alcohólicas para consumir en el mismo sitio a que puedan desarrollar su actividad, entre las 10 a.m. y 3 a.m.

 

Bogotá D.C., 26 de agosto de 2021. La Alcaldía Mayor de Bogotá mediante Decreto 318 de 2021 autorizó a los bares y establecimientos de comercio que expenden bebidas alcohólicas para consumir en el mismo sitio puedan desarrollar su actividad, entre las 10 a.m. y 3 a.m., a partir del 27 de agosto. 

Este mismo horario será aplicable para el expendio de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en el marco de conciertos y eventos masivos de carácter cultural.

Todos los establecimientos de comercio que desarrollen la actividad económica de bares, gastrobares, lugares de baile y discotecas, deberán realizar la inscripción de los protocolos de bioseguridad aquí e implementar los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución No. 777 de 2021 o en la norma que la modifique, adicione o derogue.

El Decreto 318 rige a partir de su publicación y modifica el artículo 9 del Decreto Distrital 277 de 2021, las demás disposiciones previstas en este Decreto que no fueron modificadas continuarán vigentes.

Conoce el Decreto 318 aquí 

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