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¿Dónde deben registrarse las Entidades sin Ánimo de Lucro - ESAL?

Las Entidades sin Ánimo de Lucro - ESAL vigiladas por la Alcaldía Mayor de Bogotá, deben realizar sus registros por regla general ante la Cámara de Comercio del lugar de su domicilio principal, a excepción de las entidades de las reconocidas por las Secretarías Distritales de Educación y Salud. (Decreto Ley 2150 de 1995, artículo 40 y 45 y Decreto 1074 de 2015, artículo 2.2.2.40.1.3 numeral 1º)

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