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Decreto 132: Medidas transitorias de policía en Kennedy

Por: dvgomezz
Publicado el: Mayo 2020

Bogotá, 31 de mayo de 2020. 

@juridicadistri

El Decreto 132 establece medidas transitorias de policía para garantizar el orden público en la localidad de Kennedy por la calamidad pública a causa del COVID-19.

Se limita totalmente la libre circulación de vehículos y personas en la localidad de Kennedy entre las cero horas (00:00 a.m.) del día lunes 01 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del lunes 15 de junio de 2020, exceptuando las personas y vehículos indispensables para la realización de las actividades, como el abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud y de primera necesidad, entre otros que puedes consultar en el Decreto 132

Las autorizaciones para reactivación económica referentes a funcionamiento de establecimientos de comercio, actividades de construcción y manufactura expedidas por la administración distrital, de que tratan los Decretos Distritales 121, 126 y 128 de 2020, no serán aplicables durante el término previsto en el artículo 1º del presente decreto en la jurisdicción de la localidad de Kennedy.

Se prohibe el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio en la localidad de Kennedy a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día lunes 01 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del lunes 15 de junio de 2020.    Adicionalmente, se ordena a los organismos de seguridad del Estado y a las autoridades civiles hacer cumplir lo dispuesto en el Decreto 132, para lo cual deberán realizar los operativos de rigor en toda la ciudad y procederán a aplicar las medidas correctivas de su competencia. 

Conoce el Decreto 132 aquí

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